Romero Estela
Buenos Aires, diciembre 6 de 2007. Visto: Los exptes. ns. 024-27-07582877-8-159-1, 024-27-07582877-8-837-1, con motivo del recurso de revisión interpuesto por la Sra. Estela Romero (DNI …) contra la resolución RCE-A 1436 del 3/6/2007, emitida por la UDAI Bell Ville, registrada en el Libro de Protocolo bajo tomo sin individualizar, fº 147, obrante a fs. 65/66 del expediente citado en primer término, y Considerando: Que resulta formalmente procedente el tratamiento del recurso de revisión interpuesto. Que la medida cuestionada desestimó en autos el otorgamiento de las prestaciones de la ley 24241 (arts. 19, 23 y 30), por la incompatibilidad entre la percepción del beneficio requerido y la prestación que goza la recurrente, frente a lo dispuesto por el decreto 1451/2006 y la resolución ANSeS 884/2006. Que la resolución ANSeS 884/2006, que transcribió la medida cuestionada, en su parte pertinente, estableció la incompatibilidad antedicha, a partir del 25/10/2006, y precisó que los requirentes sólo adquirirán el derecho al cobro del beneficio previsional, a partir de la cancelación total de la deuda reconocida y en tanto se cumpla con la totalidad de los requisitos exigidos por la ley 24241 para su otorgamiento, sin perjuicio de las incompatibilidades que se encuentran vigentes entre los beneficios previsionales. Que destacó que tampoco se verificaban en autos los supuestos de excepción (resoluciones GNPyS 62/2006 y 68/2006), ya que, señaló el decisorio, “…se pudo constatar que el nuevo plan es enviado fuera de los 45 días hábiles administrativos contados desde el 25/10/2006…”. Que la parte se agravia afirmando que no concretó con anterioridad la inscripción a la moratoria conforme al art. 6, ley 25994 en virtud de encontrarse a la espera un expediente obrante en el archivo San Martín, solicitado el 23/5/2006 y que aún no fue enviado a la UDAI, habiéndose presentado el 27/4/2007 atento la fecha de vencimiento del acogimiento a la citada disposición. Que afirma hallarse comprendida en la situación de excepción prevista en la resolución GNPyS 62/2006 atento que se presentó aun sin haberse recibido las actuaciones requeridas. Que analizada la causa se observa que de la pieza obrante a fs. 8 surge que el expte. n. 811-00006689440-118-1, trámite de reconocimiento de servicios correspondiente a la titular, fue requerido por la UDAI interviniente con fecha 23/5/2006. Que de la consulta al Sistema “Gestión de Trámites” surge que el expediente solicitado se encuentra radicado en el archivo, sin que se haya remitido a la UDAI. Que el SICAM es del 27/4/2006. Que ante los hechos descriptos y lo establecido en la circular GP 70/2006 -excepciones “reaperturas o nuevos pedidos”- se estima que en autos se ha configurado la situación de excepción prevista en esa normativa, ya que el SICAM se envió aun antes de la recepción de las actuaciones, de modo que no puede tenerse por vencido el plazo cuyo nacimiento no operó. Que, en consecuencia, procede revocar la resolución recurrida debiendo la Unidad emitir un nuevo pronunciamiento con ajuste a los lineamientos vertidos. Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las resoluciones MTySS 456/1999, MTEyFRH 553/2000 y 61/2002, SSS 76/1999 y 17/2002 (7) y DE-A ANSeS 704/2006 . Por ello, la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social resuelve: Art. 1.- Revocar la resolución RCE-A 1436 del 3/6/2007, emitida por la UDAI Bell Ville, registrada en el Libro de Protocolo bajo tomo sin individualizar, fº 147, que desestimó la petición que formuló la Sra. Estela Romero (DNI …), debiendo la UDAI interviniente dictar un nuevo pronunciamiento que se ajuste a los considerandos que ilustran la presente. Art. 2.- Regístrese, devuélvanse las actuaciones a la mencionada Unidad para su notificación a la interesada, y demás efectos correspondientes. Cumplido, archívese.- Luis G. Bulit Goñi.- César González Guerrico.- Horacio Paya.
